Skip to main content

El equipo jurídico del SLG estudia iniciar acciones legales para aclarar si las prohibiciones de mercados labradores que se decretaron en docenas de ayuntamientos gallegos con la excusa de la covid-19 se ajustan a derecho. En un escrito que se registrará ayuntamiento a ayuntamiento, se reclama de los gobiernos municipales que informen sobre el instrumento legal utilizado para la adopción de la medida de cierre de su mercado, así como donde y cuando fue publicado. “Desde el punto de vista formal, no tenemos constancia de cal fue el instrumento jurídico (decreto, acuerdo plenario, acuerdo de la junta de gobierno) por medio del cuál fue adoptada la medida de prohibición de cada comprado. Además de una cuestión de legalidad, se trata de una cuestión de transparencia. En todo caso, precisamos conocer la motivación concreta de la decisión adoptada, así como los instrumentos legales en los que se concretó para valorar debidamente la adopción de las medidas legales que podamos adoptar al respeto”, dicen.

La mayores, se insiste en la reapertura inmediata de los comprados de alimentos al aire libre, ya que “se trata de una actividad esencial (así lo consideraron todas las autoridades de las administraciones públicas durante los momentos en que fue necesario adoptar las medidas más restrictivas), de manera que la venta en los comprados debe mantenerse en todo caso cuando se trata de mercados de alimentos, y la parte de alimentación como mínimo cuando se trata de ferias mixtas; más, en todo caso, considerando que se trata siempre de mercados al aire libre, son más seguros que la venta que se realiza en cualquier establecimiento cerrado”.

En el escrito que se va a presentar, se les recuerda a los ayuntamientos que la Consellería de Sanidad publicaba en el Diario Oficial de Galicia 212-bis, con fecha 21 de octubre de 2020, una orden en la que establecía las medidas de prevención específicas delante de la Covid-19. El apartado 3.6 de esa orden establecía que en el caso de los comprados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, conocidos como ferias, no podrán superar el cincuenta por ciento de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. Además, los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o habilitar nuevos días para el ejercicio de esta actividad para compensar esta limitación.

A La hora de determinar los comerciantes que pueden ejercer su actividad, el ayuntamiento podrá dar prioridad a aquellos que comercializan productos alimenticios y de primera necesidad, asegurando que los consumidores no manipulen los productos comercializados en ellos.

Sanidad volvía a explicitar las mismas indicaciones en el apartado 3.5. de una orden de medidas frente a la pandemia publicada en el DOG de 3 de diciembre de 2020 (244-bis), aun en vigor.

“De este modo, la Consellería de Sanidad no solo permite con carácter general a venta de alimentos en mercados tradicionales, sino que incluso les da prioridad para celebrarse. Además, esta orden sigue en vigor, por lo que “consideramos que desde el punto de vista material, la decisión de cerrar el mercado no está justificada, y entendemos que no se ajusta a derecho”, subrayan.

La mayores, fue presentada una queja delante de la Valedora del pueblo por los cierres de diferentes mercados locales gallegos, con el objeto de que se vuelvan a abrir lo antes posible, pidiéndole la esta institución que reclame también la reapertura de los comprados para poner fin al quebranto ocasionado no solo en las economías labradoras, sino también nos consumidores y consumidoras que tienen en las ferias su principal abasto de alimentos; así como que inste a los gobiernos municipales a facilitar la información reclamada.