En este sentido, se hace hincapié en que deben estar limpias de maleza las parcelas que se encuentren dentro de una franja perimetral de 50 metros al suelo urbano, urbanizable delimitado o núcleo rural, así como alrededor de edificaciones, viviendas aisladas y urbanizaciones, depósitos de basura, parques e instalaciones industriales, situadas a menos de 400 metros del monte.
De igual manera, en el interior del núcleo de población y en la totalidad de la franja de protección de 50 metros desde la línea que delimita urbanísticamente los núcleos, no podrá haber especies pirófilas, como pinos, eucaliptos, tojos, mimosas, silvas o helechos.
El incumplimiento de estos deberes, transcurridos los plazos correspondientes, determinará la incoación del correspondiente expediente sancionador, cuyas multas oscilan entre los 1.000 y los 100.000 euros, como recuerdan desde el Ayuntamiento.
El gobierno local de Paradela explica además que las fajas secundarias “están delimitadas en el Plan Municipal de Prevención y Defensa Contra Incendios” y estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento.