La temporada de pesca continental comenzará en Galicia el 15 de marzo y durará hasta el 31 de julio

Con carácter general se declaran los lunes como días inhábiles, excepto los festivos nacionales o autonómicos, y los jueves no festivos solo se podrá practicar la pesca sin muerte
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4 Jan 2026

La temporada de pesca continental del próximo año en Galicia comenzará con carácter general el 15 de marzo y finalizará el 31 de julio, tal y como establece la orden anual publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia en la que se recogen las normas generales de pesca de las distintas especies ictícolas en las aguas continentales de la comunidad autónoma.

La temporada hábil para la pesca del reo, en general, comenzará el 1 de mayo y finalizará el 31 de julio. En todo caso, se prorrogará en los cotos de Betanzos, Noia, Noval, Ombre, Padrón, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Xuvia y Lambre hasta el 30 de septiembre; y hasta el 31 de agosto en el caso de Ponte Arnelas, Pontevea y Sinde.

La cuota de captura se establece en dos ejemplares por persona y jornada, con una dimensión mínima de 35 centímetros. En el caso del río Eo compartido la talla mínima será de 25 centímetros con la misma cuota de captura que en el resto.

Sobre los cebos artificiales, se permite la mosca artificial, cucharilla, risco y pescados artificiales y semejantes. En lo que respecta a los naturales, se autorizan todos excepto cualquier tipo de huevas de pescados y el pescado natural; y en aguas salmoneras no se permiten los cebos naturales. En cuanto los cebos artificiales en las aguas salmoneras, las características de la cucharilla deben ser de un máximo de 6,5 centímetros medidos entre la anilla superior y la curvatura del anzuelo.

Para esta especie la temporada comenzará el 15 de marzo y finalizará el 31 de julio. En los cotos con convenio de colaboración, se prolongará hasta el 30 de septiembre en la modalidad de pesca sin muerte, y en las aguas salmoneras, en las de reo o en las de montaña el inicio se retrasará hasta el 1 de mayo.

Como norma general se establece la posibilidad de capturar 6 ejemplares al día y por persona, con una talla mínima de 19 centímetros. En cuanto a los cebos, son los mismos que los de la temporada pasada.

Por otra parte, este año se vedan en todas las masas de agua las siguientes especies: cangrejo de río, reñosa, espinoso, zamborca y anguila. La pesca de la saboga solo se autoriza en el tramo del río Ulla comprendido entre la presa de Couso y la desembocadura entre el 1 de mayo y el 7 de junio. Se veda el salmón en todas las aguas continentales gallegas.

Asimismo, se autoriza exclusivamente dentro de los ámbitos territoriales que se indican en la orden a pesca de las siguientes especies exóticas invasoras: perca americana, carpa, cangrejo rojo americano y cangrejo señal.

Con carácter general, se declaran los lunes como días inhábiles para la pesca, excepto festivos nacionales o autonómicos. Los jueves serán hábiles únicamente para la modalidad de pesca sin muerte en todas las masas de agua, excepto festivos nacionales o autonómicos, que serán hábiles según la modalidad de pesca autorizada en cada masa de agua.

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