Vigo impulsa una ordenanza para regular las viviendas de uso turístico y garantizar el derecho a la vivienda

El alcalde de Vigo, Abel Caballero, anunció la aprobación en Junta de Gobierno del proyecto de ordenanza que regulará las viviendas de uso turístico, con el objetivo de reforzar la seguridad jurídica, la convivencia vecinal y el acceso a la vivienda.
Vigo
31 Jan 2026

El Ayuntamiento de Vigo ha dado un nuevo paso en la regulación de las viviendas de uso turístico con la aprobación en Junta de Gobierno del proyecto de ordenanza municipal que fijará las condiciones para la implantación y explotación de este tipo de alojamientos en la ciudad.

Según explicó el alcalde, Abel Caballero, esta normativa se enmarca en el nuevo Plan General de Ordenación Municipal (PXOM), que ya regula el uso terciario de estas actividades, y parte de la consideración de que las viviendas de uso turístico están destinadas al alojamiento temporal, sin carácter de residencia habitual.

La ordenanza establece como requisito imprescindible contar con un título habilitante previo para poder desarrollar la actividad. Tal y como señaló el regidor, esta medida pretende ofrecer “seguridad jurídica tanto a las personas titulares de las viviendas como a los vecinos y vecinas”.

Entre los principales aspectos de la normativa, se recoge que las viviendas de uso turístico solo podrán ubicarse en edificios de uso completo destinados a este fin o en plantas bajas y altas, siempre que se garantice la independencia de accesos respecto a las viviendas residenciales. Además, se prohíbe expresamente la implantación de este tipo de alojamientos en viviendas que hayan sido rehabilitadas o reformadas con ayudas públicas, así como en aquellas que cuenten con algún tipo de protección.

Otro de los puntos destacados es la posibilidad de que el Ayuntamiento de Vigo declare, previo estudio y tramitación administrativa, zonas saturadas o de intensidad limitada, que podrán afectar a barrios, calles o áreas concretas del municipio, con el objetivo de evitar impactos negativos sobre la convivencia y el mercado de la vivienda.

En cuanto a la tramitación, el proyecto de ordenanza será aprobado inicialmente por el Pleno municipal y se someterá posteriormente a un período de información pública de 30 días hábiles, durante el cual la ciudadanía podrá presentar alegaciones o sugerencias. En caso de no existir alegaciones, la ordenanza quedará aprobada de forma definitiva; si las hubiera, será necesario elaborar el dictamen correspondiente y proceder a una nueva aprobación plenaria.

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