El TSXG avala el acuerdo de UGT en el conflicto del bus interurbano de A Coruña

El conflicto laboral del transporte de viajeros por carretera en la provincia de A Coruña suma un nuevo capítulo, ahora en los tribunales. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado en su totalidad la demanda presentada por la CIG contra UGT y las organizaciones empresariales del sector por la firma de un acuerdo de eficacia limitada, una fórmula que se activó tras meses de huelgas, movilizaciones y negociaciones bloqueadas.
La resolución, según informó FeSMC UGT Galicia, concluye que no existió vulneración de la libertad sindical ni una actuación contraria a la buena fe negociadora por parte de UGT. El tribunal considera legítima la decisión de la central de suscribir este acuerdo tras más de cuatro años de negociaciones sin que se lograse cerrar un convenio colectivo estatutario para todo el sector.
El origen del conflicto está en la negociación del convenio provincial del transporte de viajeros por carretera de A Coruña, que afectó al servicio de autobuses interurbanos y derivó en convocatorias de huelga y procesos de mediación en el Consello Galego de Relacións Laborais. En febrero, la plantilla rechazó en una votación el preacuerdo que estaba sobre la mesa, lo que agravó la división sindical y mantuvo abierto el bloqueo.
En ese escenario, UGT optó por firmar con la patronal un acuerdo extraestatutario de eficacia limitada. A diferencia de un convenio colectivo de eficacia general, este tipo de pacto no se aplica automáticamente a todo el sector, sino a las personas trabajadoras que se adhieran a él. Para UGT, era una vía legal para desbloquear mejoras laborales en un contexto enquistado. Para la CIG, en cambio, suponía una maniobra que interfería en la negociación colectiva y en la libertad sindical.
El TSXG rechaza ahora esa interpretación. La sentencia señala que la existencia de un acuerdo de eficacia limitada no implica por sí misma una vulneración de derechos sindicales y subraya que no quedó acreditada una negociación paralela oculta, ni actos de boicot, ni una actuación coordinada con la patronal para impedir un convenio de eficacia general.
El tribunal también entiende que la firma del pacto no impidió continuar negociando ni excluyó a ninguna organización sindical de la mesa. Por ello, rechaza las pretensiones de la CIG, incluida la petición de anular el acuerdo y la reclamación de una indemnización por daños morales.
Desde FeSMC UGT Galicia celebran la resolución y sostienen que supone un respaldo a su actuación en el conflicto. La federación defiende que mantiene su compromiso con la negociación colectiva y con la búsqueda de acuerdos que mejoren las condiciones laborales de las personas trabajadoras del transporte de viajeros en la provincia.