Entra en vigor la reforma del Regulamiento de Circulación de la DGT

La reforma del Reglamento General de Circulación introduce medidas para coches, motos, bicicletas y patinetes, refuerza la protección de los peatones y establece nuevas reglas de movilidad en las ciudades
DGT repor (5)
1 Oct 2026

La movilidad en España afronta desde este jueves, 1 de octubre, un cambio normativo con la entrada en vigor del Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación de la DGT más de veinte años después de su aprobación. La reforma introduce nuevas obligaciones para conductores, motoristas, ciclistas y usuarios de patinetes, además de reforzar la protección de los peatones y regular por primera vez aspectos específicos de la circulación en las ciudades.

La nueva normativa busca reducir los riesgos en la carretera, especialmente para los colectivos más vulnerables, y adaptar las reglas a los nuevos hábitos de desplazamiento. Los cambios afectan tanto a la circulación en vías urbanas como interurbanas e implican modificaciones en los adelantamientos, en el equipamiento obligatorio y en la convivencia entre los distintos usuarios.

Más distancia en los adelantamientos y nuevas normas para los coches

Uno de los cambios más relevantes para los conductores de vehículos a motor es la obligación de formar un corredor de emergencia en las autopistas y autovías cuando el tráfico esté detenido o avance muy lentamente. Los vehículos deberán desplazarse hacia los extremos de la calzada para dejar paso a las ambulancias, los bomberos y los demás servicios de emergencia, sin esperar a escuchar las sirenas.

También se establecen nuevas condiciones para adelantar a bicicletas, ciclomotores, patinetes y peatones, con una separación lateral mínima de 1,5 metros. En el caso de los ciclistas en vías interurbanas, será necesario reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y cambiar completamente de carril cuando exista más de uno por sentido. Estas mismas condiciones de separación y reducción de velocidad se aplicarán al adelantar a vehículos inmovilizados por avería o accidente.

En situaciones de nieve adversa en las autopistas y autovías estará prohibido adelantar y se deberá circular por los carriles de la derecha, dejando libres los de la izquierda para las quitanieves y los vehículos de emergencia. Además, desaparecen algunas de las exenciones al uso del cinturón de seguridad, entre ellas las que afectaban a los taxistas en servicio y a los profesores de autoescuela durante las clases.

Casco, guantes y calzado obligatorio para los motoristas

Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también deberán adaptar su equipamiento. A partir de este 1 de octubre, tanto conductores como pasajeros tendrán que llevar calzado cerrado que cubra completamente el pie en cualquier tipo de vía. En las carreteras interurbanas, los guantes de protección serán obligatorios.

La normativa endurece también las condiciones de homologación de los cascos e incorpora la obligación de llevar un chaleco reflectante en el equipamiento de la motocicleta para utilizarlo al bajar del vehículo en vías interurbanas. En el caso de los repartidores profesionales, el chaleco deberá llevarse puesto durante la circulación.

Como novedad, las motocicletas podrán utilizar el arcén derecho en tramos habilitados y señalizados cuando el tráfico esté completamente detenido, siempre en fila de a uno y a una velocidad máxima de 30 km/h. También se permitirá el uso de dispositivos inalámbricos de comunicación o navegación integrados en el casco, siempre que estén homologados y no afecten a la conducción.

Nuevas obligaciones para bicicletas y patinetes

Los ciclistas deberán utilizar casco obligatorio en las vías interurbanas, sin las excepciones que existían hasta ahora por calor, subidas prolongadas o razones médicas. En las ciudades, seguirá siendo obligatorio para los menores de 16 años y para las personas que utilicen la bicicleta profesionalmente.

En condiciones de poca visibilidad o durante la noche fuera de poblado, deberán llevar elementos luminosos o reflectantes visibles a 150 metros. Además, en las ciudades circularán preferentemente por el centro del carril para evitar accidentes por alcance o por la apertura de las puertas de los vehículos. Los coches que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de cinco metros.

En el caso de los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP), la edad mínima para conducirlos queda fijada en los 15 años. Será obligatorio utilizar un casco homologado o certificado, indicar con los brazos las maniobras de giro y llevar elementos luminosos o reflectantes en las circulaciones nocturnas o con visibilidad reducida.

La normativa prohíbe la circulación de estos vehículos por las aceras, autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos, salvo en los espacios expresamente permitidos. La obligación de llevar las luces encendidas durante el día no se aplicará hasta el 1 de octubre de 2027, aunque sí deberán utilizarse por la noche desde la entrada en vigor de la reforma.

Los trámites de los patinetes ya están en marcha

La inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la Dirección General de Tráfico (DGT), la etiqueta identificativa y el seguro obligatorio son requisitos que ya se están aplicando y que no comienzan con el cambio normativo de este 1 de octubre.

Más protección para los peatones y nuevas reglas en las ciudades

La reforma refuerza la seguridad de los peatones, que deberán llevar elementos luminosos o reflectantes visibles a 150 metros cuando circulen de noche o con poca visibilidad por vías interurbanas. Los grupos organizados también tendrán que contar con iluminación blanca o amarilla hacia delante y roja hacia atrás.

Fuera de las localidades, la norma general será caminar por el lado izquierdo de la vía, de frente al tráfico, salvo determinadas excepciones. Además, se prohíbe cruzar las rotondas por la calzada, por lo que será necesario rodearlas por el perímetro o utilizar los pasos habilitados.

En el ámbito urbano, el nuevo reglamento considera las aceras espacios de uso exclusivo para los peatones y prohíbe la circulación de vehículos por ellas. Los ayuntamientos podrán establecer excepciones para menores de hasta 12 años que circulen en bicicleta acompañados a pie por una persona adulta.

También se reconocen legalmente los caminos escolares seguros, que permitirán establecer restricciones al tráfico y reducir la velocidad en los entornos de colegios, hospitales y residencias. En los pasos de peatones regulados por semáforos, la luz ámbar intermitente para los vehículos no podrá coincidir, con carácter general, con la luz verde fija para los peatones.

Nuevas condiciones para las autocaravanas y sanciones

El reglamento establece por primera vez a escala estatal las condiciones para estacionar autocaravanas y vehículos acondicionados como vivienda. Para que se considere estacionamiento y no acampada, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos, sin desplegar elementos que sobresalgan del perímetro, como toldos o ventanas, ni verter líquidos a la vía pública.

El incumplimiento de las nuevas obligaciones podrá suponer sanciones económicas. Buena parte de las infracciones relacionadas con la seguridad vial están consideradas graves y pueden alcanzar los 200 euros. En el caso de los adelantamientos a ciclistas, las infracciones más relevantes pueden implicar la pérdida de hasta seis puntos del permiso de conducir. Por su parte, los usuarios de patinetes no perderán puntos, al no estar vinculados a un permiso de conducción por puntos.

La reforma modifica así los hábitos de circulación de todos los usuarios de la vía pública, con una mayor atención a la prevención y a la protección de los colectivos más expuestos. El delegado del Gobierno en Galicia, Pedro Blanco, señaló que la normativa supone un cambio hacia un modelo de movilidad que sitúa a las personas en el centro, especialmente a las más vulnerables.

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