La CIG defiende la condena a Stellantis Vigo por interpretar mal el derecho al permiso retribuido por reposo de familiares

La Sala de lo Social nº 2 de Vigo condenó a Stellantis por interpretar mal el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores, que establece el derecho a un permiso retribuido de cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de un familiar que precise de reposo domiciliario.
La sección sindical de la CIG explica que, hasta ahora, en los casos en los que se prescribía esta necesidad de reposo domiciliario pero el facultativo o la facultativa no hacía constar una concreción temporal de la misma, la empresa “decidía que la persona enferma no precisaba más cuidados y a la persona trabajadora le concedía ‘por favor’ un solo día natural más de permiso, asegurándole que no tenía más derecho”.
Para la representación de la CIG se trata de una interpretación arbitraria a favor de los intereses de la dirección que va en contra de la norma.
Cuando varias personas trabajadoras decidieron acogerse a este derecho, haciendo uso de los cinco días de permiso retribuido para cuidar a sus familiares, tal y como reconoce el ET, “la respuesta de la dirección de Stellantis fue aplicarles descuentos en los salarios por los días de ausencia, más la parte correspondiente de la paga extraordinaria”.
Ante esta vulneración de sus derechos, las personas afectadas presentaron denuncia a través de la asesoría jurídica de la CIG. En un primer caso, la empresa llegó a un acuerdo antes de celebrarse el juicio, admitiendo que el trabajador tenía razón y que con la documentación aportada se justificaban los días de permiso retribuido, abonándole las cantidades descontadas.
En el segundo de los casos, la empresa no quiso conciliar y se celebró juicio “cuyo resultado fue una sentencia estimatoria para el trabajador, por la que se condena a Stellantis a pagar la cantidad descontada de la nómina y los intereses de demora”.
Para la sección sindical de la CIG —que en estos momentos no tiene representación en el comité de empresa— resulta sorprendente que la mayoría de los sindicatos que conforman el comité no denunciaran estas prácticas patronales “que van en contra de los derechos de las personas trabajadoras e incluso pueden poner en peligro la salud de sus familiares”, ni tampoco instaran a la compañía a hacer una interpretación acorde con la ley.
Además de esta restricción en los derechos, la sección sindical de la CIG relata otros casos de “avaricia de la dirección”, que llegó incluso a descontarle a un trabajador los días en la nómina que le correspondían por el ingreso de un familiar. Tras presentar la correspondiente demanda, también a través de la CIG, “la empresa acordó devolverle el dinero en la puerta del juzgado”.
La sección sindical de la CIG advierte de que no va a consentir este tipo de abusos de la dirección “que por querer reducir costes incluso incumple la ley”. Y pone en valor que “ahora las personas trabajadoras de Stellantis sí podrán coger el permiso completo si así lo necesitan”.