Personal de DIA se manifestó en Vigo para reclamar la equiparación salarial al convenio de la alimentación

Personal de Supermercados DIA convocado por la CIG-Servizos se movilizó hoy delante del supermercado DIA de la Avenida de Samil, en Vigo, para forzar a la empresa a asumir los salarios fijados en el convenio del sector de alimentación de la provincia de Pontevedra. La protesta tuvo lugar un día antes de que se celebren los juicios en los que cuatro personas trabajadoras reclamarán las cantidades económicas que les corresponden.
La concentración se prolongó desde las 11:30 hasta las 12:15 horas al grito de “Queremos cobrar por el convenio provincial”, “DIA, escucha, estamos en lucha” y “Explotadas en el comercio por un sueldo miserable”, y tuvo lugar un día antes de que se celebren los cuatro procedimientos judiciales de reclamación de cantidades que cuatro trabajadoras de la empresa tienen programados en el Juzgado número 2.
Se trata de los primeros procedimientos derivados de la resolución de la Inspección de Trabajo que en noviembre del año pasado resolvió positivamente una denuncia de la CIG y obligó a la empresa a pagar conforme al convenio provincial de Pontevedra, ya que la autoridad laboral constató una infracción muy grave por remunerar por debajo de lo establecido y abrió una liquidación de cuotas a la Seguridad Social por 120.000 euros.
La denuncia ante la Inspección se basó en la modificación del artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores en 2021, por la que desapareció la prioridad aplicativa en materia salarial que anteriormente tenía el convenio de empresa respecto al convenio sectorial. Teniendo en cuenta este nuevo marco normativo, la central sindical consideró urgente que se produjese este reconocimiento por parte de la autoridad laboral, “por lo que consideramos muy importante lo que recoge la actuación inspectora, dado que esta situación afecta a 53 personas trabajadoras en la empresa con diferencias de entre 100 y 350 euros”.
La CIG-Servizos lamenta que ahora se haya tenido que llegar a los procedimientos judiciales ante la negativa de la empresa a abrir una mesa de negociación para aplicar el artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores, asegurando incluso la dirección que no va a aplicar el acta de la autoridad laboral hasta que no esté obligada por resolución judicial.