Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones generales del 29 de noviembre

Los electores podrán tramitar la solicitud hasta el 19 de noviembre, tanto de forma telemática a través de la web de Correos como presencialmente en cualquier oficina postal
Eleccions-2023-municipais-votar-urna-votacion-papeleta-7
6 Oct 2026

Ya está abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones generales que se celebrarán el domingo 29 de noviembre de 2026. Los electores que opten por esta modalidad podrán solicitar hasta el 19 de noviembre, inclusive, el certificado de su inscripción en el censo electoral correspondiente, un requisito imprescindible para poder ejercer el derecho al voto por correspondencia.

La solicitud podrá realizarse por vía telemática a través de la web de Correos, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. Para completar el trámite en línea será necesario acreditar la identidad mediante firma electrónica. Entre los sistemas de identificación admitidos figuran los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico.

Los electores también podrán realizar la solicitud presencialmente en cualquier oficina de Correos de España. En este caso, el trámite deberá ser efectuado personalmente por cada elector, excepto en las situaciones de enfermedad o discapacidad que impidan realizar la petición directamente. Estas circunstancias deberán acreditarse mediante certificación médica oficial y, en estos casos, otra persona podrá presentar la solicitud en nombre del elector siempre que cuente con la correspondiente autorización notarial o consular.

En el momento de solicitar el voto por correo en las oficinas, será necesario acreditar la identidad presentando el documento original del DNI, pasaporte o permiso de conducir ante el personal de Correos.

Con el objetivo de facilitar los trámites y reducir los tiempos de espera, Correos también ofrece la posibilidad de solicitar cita previa para realizar la gestión en las oficinas. Esta opción está disponible a través de la aplicación, de la página web de la compañía o de la Oficina Virtual, donde el elector podrá seleccionar la oficina, así como el día y la hora que más le convengan.

Una vez recibidas las solicitudes, Correos las hará llegar a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. A partir del 9 de noviembre, estas delegaciones enviarán a los solicitantes la documentación necesaria para poder ejercer el voto por correo.

Las personas que soliciten esta modalidad de voto recibirán la documentación en la dirección que indiquen en el momento de presentar la solicitud, por lo que esta no tiene por qué coincidir necesariamente con su domicilio habitual.

El plazo para depositar el voto por correo permanecerá abierto hasta el 25 de noviembre de 2026. De este modo, los electores que opten por esta modalidad deberán completar el proceso dentro de las fechas establecidas para poder participar en las elecciones generales del 29 de noviembre.

0.38139486312866