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ES-Xermade

El Ayuntamiento de Xermade gana una demanda de una empresa que ejecutó una obra

Por 19 Febreiro, 2021Sin comentarios

El tribunal ratifica punto por punto la resolución previa del Contencioso de Lugo, que subrayaba que “no existe prueba alguna de que la ejecución de los trabajos” por los que la empresa exigió este pago, 4 años después de acometer otras obras en el municipio, “había estado ordenada por la Administración”

El alcalde de Xermade, Roberto García Pernas, informó que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dictó una sentencia en la que desestima el recurso de apelación presentado por una empresa, Villasuso Ortegal S.L., que reclamaba al Ayuntamiento el pago de 116.730,83 euros y le imponen el pago de las costas del proceso judicial, fijadas en 1.000 euros más IVA/IVA como máximo.

El regidor lamenta que el Ayuntamiento tuviera que afrontar este proceso judicial “debido al descuido y a las chapuzas” del anterior Gobierno local, del Partido Popular, pues la problemática se deriva de un proceso de contratación del año 2013, antes de que entraran en el Ejecutivo los socialistas.

El propio portavoz del PP reconoció en uno Pleno celebrado en el año 2017, tal y como figura en el acta correspondiente, que las obras a raíz de las que surgió este conflicto judicial efectivamente se hicieron cuando gobernaba el Partido Popular y él estaba de concejal de obras, y que “la tramitación no se hizo correctamente”.

El TSXG ratifica punto por punto la resolución previa del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Lugo, que subrayaba que “no existe prueba alguna de que la ejecución de los trabajos” de mejora en vías municipales por los que la empresa exigió este pago, cuatro años después de acometer otras obras en el municipio, “había estado ordenada por la Administración, lo que determina la inaplicabilidade de la doctrina del enriquecimento injusto”.

El Contencioso también aseguraba que resulta “evidente que la dirección facultativa, ni ordenó la ejecución de las obras fuera de contrato, ni nunca tuvo conocimiento de ellas, como también que el Ayuntamiento, de acuerdo con la prueba practicada, ni de manera formal o informal autorizó las obras. Así las cosas, la contratista no tiene derecho a la cantidad reclamada por la ejecución de una obra que no fue ordenada, ni autorizada por la Administración municipal”.

El origen de la demanda

La empresa demandante resultó en abril del 2013, en la etapa de Gobierno del Partido Popular, adjudicataria de un contrato de obra del Ayuntamiento de Xermade para la mejora de viales de acceso a los núcleos de Zalaroia, Castrorramil y Poupariña en Momán, a través de un procedimiento negociado sin publicidad, por un importe de 30.823,52 euros. El 23 de agosto de ese mismo año se emitió la certificación final de esta obra y tuvo lugar a recepción de la misma, firmada por el Alcalde de aquel entonces, la dirección facultativa y el contratista, un documento en el que, segundo recoge la sentencia del Contencioso, “no consta objeción, ni adicción alguna por parte del contratista”.

Sin embargo, cuatro años después, en mayo de 2017, la empresa reclamó al Ayuntamiento una cantidad total de 116.730,83 euros por la ejecución de obras no previstas en el proyecto del que fue adjudicataria en el 2013. La reclamación fue rechazada por la Administración local. La empresa recurrió al Contencioso, que tumbó su petición, y apeló después al TSXG, que ratifica ahora la sentencia de primera instancia. En ambos procesos judiciales, los servicios jurídicos de la Diputación de Lugo ejercieron la defensa del Ayuntamiento.