El matadero móvil de Medio Rural amplía los servicios para la oveja y cabra gallegas 100% raza autóctona

La Consellería do Medio Rural recibió la autorización por parte de la Asociación de Criadores de Raza Oveja Gallega (Asovega) y la Asociación de Ganaderos de la Raza Cabra Gallega (Capriga) para el uso de los logotipos 100% Raza Autóctona Oveja Gallega y 100% Raza Autóctona Cabra Gallega, respectivamente, en el matadero móvil de Galicia. Con esto, se pretende que los productores de estas razas amenazadas podan sacrificar sus animales en proximidad y mantener el valor añadido que supone el uso de un sello que asegura el origen y naturaleza de los productos puestos en el mercado.
Esta autorización se suma a la ya obtenida en el año 2024 por parte de la Asociación de Criadores de la Raza Porcina Celta (Asoporcel) para el uso del sello 100% Raza Autóctona Porco Celta. Por lo tanto, las explotaciones ganaderas que cuentan con animales de las razas Oveja Gallega, Cabra Gallega y Porco Celta inscritas en los correspondientes libros genealógicos, pueden sacrificar sus animales en el matadero móvil de la Consellería do Medio Rural, de tal manera que después se podan comercializar las carnes obtenidas con el correspondiente logotipo de raza 100% autóctona.
Este indicativo constituye un sello oficial único, diferenciador y reconocible para productos procedentes de animales de las razas autóctonas, que ofrece a los consumidores las garantías de origen de los productos que consumen. La marca garantizadora al consumidor la pureza de la raza de los productos que adquiere, mediante un sistema de control de la trazabilidad desde la explotación de origen, en el sacrificio de los animales, en la transformación y desguace de la carne y en su posterior comercialización.
Con el objeto de completar los servicios ofertados a las personas ganaderas a través del matadero móvil, también se está tramitando ante el Consello Regulador de la Agricultura Ecológica de Galicia (Craega) la solicitud de autorización de certificación de la producción ecológica. De este modo, las personas titulares de explotaciones ovinas, cabrunas y porcinas registradas en el Craega podrán utilizar, con garantías en la comercialización de sus productos, el matadero.
El logotipo de 100% raza autóctona se instauró a través del Real Decreto 505/2013, de 28 de junio, de uso voluntario en el etiquetado de los productos de origen animal, con la finalidad de asegurar que los consumidores reciban información fiable y una garantía de origen racial de dichos productos. Asimismo, busca fomentar la competencia leal y generar valor añadido en beneficio de los productores de razas autóctonas.
Para su uso, las asociaciones de criadores de animales de razas autóctonas oficialmente reconocidas deben solicitar la cesión del logotipo por parte del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, y elaborar un pliego de condiciones a cumplir para su utilización en los productos amparados por la raza correspondiente, que debe ser aprobado por la Consellería do Medio Rural.
Una vez obtenida la cesión de uso y la aprobación del pliego de condiciones, únicamente podrán utilizar el logotipo los operadores que habían sido autorizados expresa y previamente por parte de las asociaciones de criadores. Para garantizar que los productos y los animales sean de raza autóctona, deben establecer los registros del sistema de trazabilidad definidos en los pliegos de condiciones.
Pueden acogerse al uso de 100% raza autóctona los productores primarios (explotaciones ganaderas donde nacen y se crían los animales de la raza), los transformadores (mataderos, salas de desguace, envasadores, transformadores) y los comercializadores, bajo el control de las asociaciones de criadores autorizadas.