La Fiscalía informa favorablemente el indulto parcial para el maquinista condenado por el accidente de Angrois

El Ministerio Fiscal rechaza el indulto total por la gravedad de los hechos, pero aprecia razones de justicia y equidad que justifican una reducción de la pena
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4 Sep 2026

La Fiscalía informó favorablemente sobre la concesión de un indulto parcial al maquinista condenado por el accidente ferroviario del Alvia, ocurrido el 24 de julio de 2013 en Angrois. El Ministerio Fiscal considera que concurren una serie de circunstancias que permiten entender que el cumplimiento íntegro de la pena resultaría desproporcionado.

El informe no cuestiona la sentencia firme ni la responsabilidad penal establecida por los tribunales y subraya la extraordinaria gravedad de los hechos, que provocaron 80 fallecimientos y 144 personas lesionadas, con consecuencias tanto para las víctimas directas como indirectas.

Por este motivo, la Fiscalía descarta apoyar un indulto total, al considerar que la gravedad objetiva del accidente, la pluralidad de víctimas y el carácter irreversible de las consecuencias desaconsejan una remisión absoluta de la pena. Sin embargo, aprecia razones de justicia y equidad que sí justifican informar favorablemente sobre una reducción parcial.

Entre las circunstancias tenidas en cuenta figura el hecho de que el condenado permaneciera en todo momento a disposición de la Justicia y mantuviera una conducta procesal respetuosa con las resoluciones judiciales. También se valora su adecuada integración social, familiar y laboral, así como el largo período transcurrido entre la fecha del accidente y la firmeza de la condena.

La Fiscalía incorpora igualmente a su informe la posición manifestada por parte de las víctimas y perjudicados, algunas de las cuales expresaron su conformidad con la concesión de la medida de gracia. Aunque esta posición no es vinculante, el Ministerio Fiscal considera que constituye un elemento relevante en el juicio de equidad previsto por la Ley de Indulto.

El informe tiene en cuenta también las circunstancias humanitarias y familiares acreditadas en el expediente, entre ellas las necesidades de asistencia y cuidado de un familiar que precisa apoyo continuado. Se trata, según la Fiscalía, de una circunstancia que afecta a una tercera persona especialmente vulnerable y ajena a los hechos juzgados.

Así, el Ministerio Fiscal considera que el extraordinario tiempo transcurrido desde el accidente, la conducta posterior del condenado, su arraigo social y familiar, la situación asistencial acreditada y la posición favorable de una parte de los perjudicados constituyen una base objetiva suficiente para considerar desproporcionado el cumplimiento total de la pena y apoyar una reducción parcial de sus efectos.

La Fiscalía señala que la medida podría concretarse en la sustitución de la pena impuesta por otra inferior, en los términos establecidos legalmente, para que posteriormente el tribunal sentenciador pueda valorar su eventual suspensión conforme a la legislación penal.

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