La Justicia anula las bases del Concello de O Porriño que dejaron las fiestas del Cristo de 2025 sin atracciones

La Asociación de Empresarios y Empresarias de Atracciones de Feria de Galicia (EMAFEGA) ha ganado la batalla judicial que mantenía con el Concello de O Porriño por las condiciones impuestas a los feriantes para participar en las fiestas del Cristo. La Sentencia firme número 188/2026, de 31 de julio, dictada por la plaza número 2 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Pontevedra, declara no conforme a Derecho el decreto de la Alcaldía y anula los apartados impugnados por EMAFEGA de las bases para la instalación y funcionamiento de las atracciones durante las fiestas municipales del Cristo de 2025.
La resolución deja a salvo únicamente el punto referido a la franja de tres horas de funcionamiento sin ruido, entre las 17:00 y las 20:00 horas.
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que considera ilegal el sistema empleado por el Concello para regular la instalación de las atracciones. El tribunal concluye que el Gobierno local sustituyó el régimen de declaración responsable, al que está sometida esta actividad temporal según la normativa, por un sistema de autorización previa.
La sentencia señala que esta sustitución es contraria a la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, por lo que considera nula la exigencia de una autorización administrativa previa a los feriantes. El tribunal recuerda además que los concellos pueden establecer las condiciones técnicas y de seguridad que deben cumplir las atracciones, dentro de lo previsto por la legislación autonómica, pero no pueden hacerlo mediante un decreto de Alcaldía que introduzca nuevas exigencias.
La resolución establece asimismo que las bases de las fiestas del Cristo de 2025 son nulas en todo aquello que contradiga o añada requisitos diferentes de los previstos en la Ley 9/2013, en la Ley 10/2017 y en el Decreto 226/2022 que la desarrolla.
Para EMAFEGA, el pronunciamiento judicial avala las denuncias que la asociación lleva realizando desde hace dos años: el Concello puede inspeccionar, controlar y exigir el cumplimiento de la normativa, pero no establecer un régimen jurídico propio ni incorporar requisitos adicionales a los ya establecidos por la legislación vigente.
La Justicia también cuestiona el 'Día del Niño'
La sentencia también da la razón a EMAFEGA respecto al denominado 'Día del Niño'. El Concello había establecido unilateralmente la fecha en la que las atracciones debían aplicar precios reducidos, pero el juzgado considera que, si el precio especial debe ser acordado entre el Concello y los feriantes, también debe ser pactada la fecha en la que se aplica.
De este modo, el Concello no puede decidir unilateralmente cuándo ni en qué condiciones los empresarios de las atracciones deben reducir sus precios.
EMAFEGA recuerda que ya había advertido de estas irregularidades antes de las fiestas de 2025. El 22 de agosto de ese año presentó alegaciones en las que denunciaba deficiencias normativas, falta de proporcionalidad, restricciones excesivas y cargas que consideraba injustificadas. El Concello rechazó aquellas alegaciones y mantuvo las bases.
El resultado fue que las fiestas del Cristo de 2025 se celebraron sin ninguna de las 20 atracciones que habían solicitado instalarse. Ahora, el tribunal confirma que buena parte de las condiciones denunciadas por la asociación eran contrarias a Derecho.
La asociación considera especialmente preocupante que el Concello de O Porriño aprobase para las fiestas del Cristo de 2026 unas bases que, según denuncia, son prácticamente idénticas a las del año anterior en numerosos aspectos.
Por este motivo, EMAFEGA ya ha solicitado al Tribunal de Pontevedra la suspensión cautelar inmediata de las bases de 2026, con el objetivo de evitar que el Concello vuelva a impedir la instalación de las atracciones mediante condiciones sustancialmente coincidentes con las que ahora han sido declaradas contrarias a Derecho.
La asociación sostiene que las fiestas pueden celebrarse con atracciones sin necesidad de aprobar nuevas bases, ya que el Concello puede tramitar la ocupación de los espacios y los feriantes presentar las correspondientes declaraciones responsables conforme a la normativa vigente.
EMAFEGA quiere evitar así que se repita lo que califica como una “estrategia de los hechos consumados”: aplicar unas bases, impedir la instalación de las atracciones y esperar a que los tribunales resuelvan cuando las fiestas ya hayan terminado y el perjuicio ya esté causado.
Después de dos años sin atracciones de feria en las fiestas del Cristo, la asociación considera que O Porriño no puede afrontar la edición de 2026 ignorando el contenido de una resolución judicial que considera contundente.
EMAFEGA asegura que no pide “privilegios”, sino que el Concello cumpla la misma normativa que exige a los feriantes. “Resulta cuando menos curioso que el Concello necesitase una sentencia para recordar que también está obligado a cumplir la misma ley que exige cumplir a los feriantes”, señala la asociación.